jueves, 9 de septiembre de 2010

Bonificación para abonados de bajo consumo


(Jubilados y Pensionados o Casa de Familia)

Las bonificaciones se aplicarán sobre el abono y el tráfico, si se cumplen las siguientes condiciones:



  • Ser titular de una única línea telefónica del servicio básico, debiendo coincidir el nombre y apellido con el que figure en el documento del cliente (DNI o equivalente).
  • La dirección que figure en el documento del cliente (DNI o equivalente) debe coincidir con la de la prestación del servicio.
  • El consumo mensual (promedio 30 días) de los últimos 5 (cinco) meses y el mes de la facturación vigente no podrá ser inferior a $0,0469 ni superar un valor máximo de $14,0630 en el caso de Jubilados y Pensionados, y de $7,0315 para Casa de Familia.
  • A los fines de establecer el consumo mensual y la bonificación correspondiente, sólo se considerará el consumo correspondiente al tráfico medido nacional incluidos los consumos facturados por cuenta y orden de terceros, tales como larga distancia, calling party pays y servicios de valor agregado.
  • Para constatar los datos personales e incorporarlos a la base de clientes pasibles de recibir el descuento, es necesario presentar el documento (DNI o equivalente). En el caso de Jubilados y Pensionados, deberá presentarse además, copia del último recibo de haberes jubilatorios, debiendo también coincidir el nombre y el apellido que figuran en este recibo, con el nombre y apellido del titular de la línea.


Jubilados y pensionados
Jubilados y Pensionados

Casa de Familia
Casa de Familia
































































































































































































































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